El informe de adecuación de vivienda para reagrupación familiar podrá ser solicitado por personas extranjeras que tengan su domicilio habitual en el municipio y resulte necesario para su aportación en expedientes de reagrupación familiar.
En el marco de la tramitación del expediente, el Ayuntamiento realizará consulta de oficio al Padrón Municipal de Habitantes a efectos de comprobar la residencia efectiva de la persona solicitante, así como la identificación de las personas que conviven en la vivienda.
Cómo realizar el trámite
Documentación
1. Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante: DNI, Pasaporte, Documento nacional de identidad expedido por las autoridades del país de origen o Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), cuando disponga de ella.
2. Documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda:La vivienda deberá encontrarse a disposición del reagrupante en virtud de título jurídico válido que habilite su ocupación como domicilio habitual y permanente, lo que podrá acreditarse mediante escritura de propiedad, nota simple registral, contrato de arrendamiento en vigor u otro título legítimo admitido en Derecho. Asimismo, se entenderá cumplido este requisito cuando la disponibilidad de la vivienda corresponda a cualquiera de los miembros de la unidad familiar del reagrupante, en los términos previstos en la normativa vigente en materia de extranjería.
Tramitación
En el marco de la tramitación del expediente, el Ayuntamiento realizará consulta de oficio al Padrón Municipal de Habitantes a efectos de comprobar la residencia efectiva de la persona solicitante, así como
Asimismo, el Ayuntamiento podrá recabar de oficio datos obrantes en el Padrón Municipal de Habitantes a efectos de verificar la residencia de la persona solicitante y la composición de la unidad de convivencia.
Fundamento Legal
Responsable del trámite: Servicios Administrativos Generales
Teléfono de contacto: 956 944 000 Ext. 31901
Última versión actualizada: día 08/07/2026