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18 de Abril de 2024 -
Solicitud electrónica general

El registro electrónico es el canal electrónico del Registro General del Ayuntamiento de San Fernando que facilita la presentación electrónica de escritos, solicitudes y comunicaciones relativas a los trámites municipales.

La presentación por medios electrónicos tiene carácter voluntario, siendo, por tanto, alternativa a la utilización de los lugares de presentación señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, salvo para los sujetos indicados en el artículo 14.2 de la misma Ley, que están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

Si alguno de dichos sujetos acude al registro presencial (Oficinas de Registro General y Auxiliares del Ayuntamiento de San Fernando) para la presentación de una solicitud, será requerido para que la subsane a través de su presentación electrónica, y en este caso, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que haya sido realizada la subsanación.

El Registro Electrónico estará operativo las 24 horas del día, durante todos los días del año, exceptuando las interrupciones de mantenimiento técnico u operativo que sean necesarias y que serán avisadas a través de esta sede electrónica con la necesaria antelación, siempre que sea posible.

En cuanto al cómputo de plazos se regirá por lo dispuesto en la normativa sobre administración electrónica y régimen jurídico.

Cómo realizar el trámite

Para utilizar el Registro Electrónico se precisa acreditar la identidad de la persona física o jurídica que realiza la solicitud. Ver Identificación/Firma.

Acceda al formulario electrónico correspondiente al trámite que desea realizar.

Si el procedimiento que se desea realizar aún no está disponible, siempre es posible acceder a través de la Solicitud Electrónica General.

Podrán aportarse documentos que acompañen a la correspondiente solicitud, escrito o comunicación, adjuntando al formulario electrónico los documentos en formato electrónico.

Por razones técnicas y operativas, la extensión máxima de los documentos que se incorporen al formulario electrónico a presentar en una sola sesión se limita a 5 MB, si bien podrá ser ampliado en función de la capacidad de procesamiento y archivo electrónico.

La aportación de documentación complementaria que se realice en el Registro Electrónico a través del formulario electrónico en un momento posterior, por las razones técnicas aludidas en el apartado anterior o a consecuencia de requerimiento de órgano instructor de subsanación o mejora de la solicitud, o de aportación de documentación preceptiva para la tramitación del procedimiento de que se trate, se llevará a cabo mediante una nueva presentación que incluirá la referencia al número del expediente o fecha de la primera solicitud.

El Registro Electrónico emitirá automáticamente un justificante de la recepción de la solicitud presentada. La no recepción del mismo o, en su caso, la recepción de un mensaje de indicación de error o deficiencia de la transmisión implicará que no se ha producido la recepción, debiendo realizarse la presentación en otro momento.

Fundamento Legal

Responsable del trámite: Servicios Administrativos Generales
Teléfono de contacto: 956 944 000 Ext. 35510

Última versión actualizada: día 30/01/2020

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