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16 de Abril de 2024 -
Quejas y Sugerencias

El Ayuntamiento de San Fernando pone a disposición de los ciudadanos un sistema de relación e interlocución para facilitar la participación de todos en la mejora de la calidad de los servicios públicos que presta, estableciéndose para ello los trámites de recepción, tramitación y resolución de quejas y sugerencias con el fin de garantizar el eficaz cumplimiento de este objetivo.

A tales efectos se entenderá por:

  • Quejas: Manifestaciones de insatisfacción en relación con la prestación de servicios públicos municipales tales como tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de anomalía que se aprecie en el funcionamiento de los mismos.
  • Sugerencias: Propuestas, ideas o iniciativas conducentes a mejorar la prestación o calidad de los servicios públicos municipales.
  • Incidencias: Avisos de necesidad de arreglo puntual de elementos pertenecientes a bienes de dominio público local destinados a un uso o servicio público.

Tramitación de Quejas y Sugerencias

Recibidas por los Servicios Municipales competentes por razón de la materia serán, en su caso, admitidas a trámite y se procederá a su investigación y estudio emitiendo o recabando los informes que sean necesarios para verificar o comprobar cuantos datos sean precisos.

La respuesta deberá ser trasladada al interesado en un plazo no superior a veinte días hábiles desde que la queja o sugerencia haya tenido entrada en esta Administración.

No se admitirán a trámite como quejas y/o sugerencias:

  1. Las formuladas de forma anónima o aquéllas en las que no resulte acreditada la verdadera identidad de quien la presente.
  2. Aquéllas en las que se advierta mala fe o uso abusivo del procedimiento para perturbar o paralizar a la Administración.
  3. Las que estén desprovistas manifiestamente de fundamentación.
  4. Las que pretendan la función de control político de la actividad municipal.
  5. Las que puedan causar perjuicio a un derecho legítimo de tercera persona.
  6. Las que deriven de problemas entre particulares.
  7. Las que tengan por objeto actividades o servicios que no sean de competencia municipal.
  8. Las que sean objeto de reclamación con derecho a indemnización o tengan regulación específica.
  9. Aquéllas cuya resolución deba efectuarse al amparo de un procedimiento administrativo con aplicación de la normativa establecida al efecto.
  10. Las que versen sobre asuntos pendientes de resolución judicial, en tramitación administrativa, que se hallen dentro del plazo de resolución en tanto no recaiga ésta, o tengan por objeto la revisión de un acto municipal.
  11. Cualquier otra que por su naturaleza o finalidad no tenga por objeto proponer la mejora de los servicios públicos municipales.

Tramitación de incidencias

Las incidencias serán tramitadas de modo inmediato dando traslado de las mismas al Servicio Municipal competente por razón de la materia para su resolución.
Si desea comunicar alguna incidencia, por favor, pulse aquí.

Cómo realizar el trámite

Procedimiento presencial: acudir a la Oficina de Atención a la Ciudadanía (Registro General) presentando cumplimentado Formulario quejas y sugerencias.

Procedimiento electrónico: a través del Registro Electrónico; Trámite Quejas y Sugerencias.

Efectos

Las quejas y sugerencias formuladas por los ciudadanos no tienen la consideración de recurso administrativo, ni paralizan o interrumpen los plazos establecidos en la normativa vigente para la tramitación y resolución de procedimientos.

Asimismo, su presentación no condiciona el ejercicio de las restantes acciones o derechos que conforme a la normativa reguladora de cada procedimiento puedan ejercer los que figuren en él como interesados.

La contestación a las quejas o sugerencias no es susceptible de recurso alguno y no anula actos o resoluciones de la Administración.

El contenido de las quejas y sugerencias será tenido en cuenta por el Ayuntamiento a los efectos de la mejora continua de la calidad de los servicios públicos municipales.

Fundamento Legal

  • Ordenanza reguladora del régimen de funcionamiento de la sede electrónica, de organización y funcionamiento del sistema registral del Ayuntamiento de San Fernando, y de creación y regulación del Registro Electrónico (BOP núm. 219 de fecha 15 de noviembre de 2012)
  • Resolución de Alcaldía-Presidencia de fecha 20 de marzo de 2014 de aprobación del sistema de quejas y sugerencias del Ayuntamiento de San Fernando (BOP núm. 64 de fecha 4 de abril de 2014)

Responsable del trámite: Servicios Administrativos Generales
Teléfono de contacto: 956 944 000 Ext. 35510

Última versión actualizada: día 29/01/2020

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